Tutela Judicial Efectiva.
Tomando
en consideración la legislación Ecuatoriana, la Tutela Judicial Efectiva, la
encontramos tipificado como un Derecho de jerarquía Constitucional, tipificado
en el Art. 75, del capítulo octavo, (Derechos de Protección), del Título II (Derechos).
Art. 75.- Toda persona tiene derecho al acceso
gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y expedita de sus
derechos e intereses, con sujeción a los principios de inmediación y celeridad;
en ningún caso quedará en indefensión. El incumplimiento de las resoluciones
judiciales será sancionado por la ley.
Constitución de la República del Ecuador 2008
El
inciso tercero del Art. 11 de la Constitución de la República del Ecuador,
manifiesta que El Estado será responsable por .., violación del derecho a la tutela judicial efectiva, y por las
violaciones de los principios y reglas del debido proceso. Esto quiere
decir que este derecho o cualquier otro derecho constitucional será plenamente
justiciable, por lo cual, no podrá alegarse falta de norma expresa para
justificar violación.
Como
lo manifiestan los artículos antes mencionados, la Tutela Judicial, debe de ser
efectiva, si no lo es, deja de ser tutela.
El
Dr. Jorge Zavala Egas en su libro introducción al COGEP manifiesta que la
Tutela Judicial Efectiva es un derecho fundamental de defensa o de protección
de toda persona, con capacidad o sin está, contra la injerencia de cualquier
extraño, fundamentalmente el poder público, en su ámbito jurídico.
Por
lo antes mencionado podemos establecer que es un derecho fundamental, con el
cual al exigir la Tutela Judicial Efectiva, para que sus derechos no sean
lesionados y en caso de serlos, pueden los ciudadanos salvaguardar sus
derechos, así como sus intereses; ya que para la tutela judicial efectiva es
inherente el acceso a la justicia, en un proceso a cargo de un juez imparcial
que impida la indefensión del sujeto procesal y este reciba un sentencia motiva
en derecho.
El
Art. 23 del Código Orgánico de la Función Judicial de la República del Ecuador,
establece que La Función Judicial, por intermedio de las juezas y jueces, tiene
el deber fundamental de garantizar la tutela judicial efectiva de los derechos
declarados en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos
humanos o establecidos en las leyes..,
Un
elemento implícito en la Tutela Judicial Efectiva es la calidad de las
decisiones judiciales, ya que es una garantía, garantía que se hace efectiva en
la motivación bien fundamentada de la decisión del juez, como lo observamos en
el artículo antes mencionado.
Como
lo manifiesta el Dr. Miguel Hernández Terán en su libro La Tutela Judicial
Efectiva como Instrumento Esencial de la Democracia, la decisión judicial como
núcleo de la tutela judicial efectiva no debe de ser sólo correcta en o de
fondo sino también, y con carácter prioritario, en su fundamentación.
La
tutela Judicial Efectiva no es otra cosa que el derecho a la jurisdicción, que
es el desarrollo del derecho al debido proceso, con el cual se regula las
etapas del procedimiento, es decir; el acceso a la administración de justicia,
el acceso a un defensa técnica, derecho a ser oído, derecho a la prueba,
sentencia motiva, derecho a la interposición de recursos, así como el derecho a
la ejecución de sentencia. Cumplidos todos estos derechos, es cuando se hace
efectivo el derecho constitucional a la Tutela Judicial Efectiva.
Fuente.
Constitución
de la República del Ecuador.
Código
Orgánico de la Función Judicial.
Dr.
Jorge Zavala Egas – Introducción al COGEP. Pag. 12
Dr.
Miguel Hernández Terán – La Tutela Judicial Efectiva como Instrumento esencial
de la Democracia.
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